La Comisión Europea publicó recientemente un reporte relativo a la instrumentación de la regulación emitida por dicho órgano en materia de acceso abierto a internet, o neutralidad de la red, la cual inició su vigencia entre los países miembros en abril de 2016.
El reporte, que compara la situación observada en este ámbito en 2016 respecto de la que se observa hoy en día es positivo, ya que concluye que los principios básicos de este cuerpo normativo europeo continúan siendo apropiados y, efectivos, para proteger los derechos de los usuarios de la red de redes en aquel continente, con lo cual el Internet seguirá representando una “máquina para la innovación”.
Ante esta circunstancia, el documento concluye que no es necesario modificar, por el momento, la regulación original.
La emisión y aplicación de esta regulación entre los países miembros de la Unión Europea, es percibida como un pilar fundamental para la consecución de la iniciativa denominada Mercado Digital Único y ha requerido de la partici- pación de diversas instancias, como son la comisión y el parlamento europeos que emitieron esta norma en primera instancia, seguidos de la actuación del Cuerpo de Reguladores Europeos para las Comunicaciones Electrónicas (BEREC, por sus siglás en inglés), el cual emitió lineamientos dirigidos a las autoridades competentes en esta materia de cada país (“Autoridades Nacionales Regulatorias”), con el objeto de promover una aplicación consistente de esta regulación.
Con este marco normativo, cada Autoridad Nacional Regulatoria (funciones que en nuestro país corresponden, por ejemplo, al Instituto Federal de Telecomunicaciones o IFT), cuentan con las atribuciones y la obligación para supervisar el manejo de tráfico a través del Internet, entre otros aspectos, como por ejemplo las condiciones de calidad del servicio que deben ofrecer los operadores en cada país, las cuales deben reflejar los avances de la tecnología en beneficio de los usuarios.
El acceso abierto al Internet constituye un derecho individual para acceder a esta red de redes y consumir o distribuir, contenidos y servicios con libertad.
Por regla general, como sucede en la legislación de nuestro país, el manejo o gestión, por parte de operadores de telecomunicaciones, del tráfico que viaja por el ciberespacio, debe ser no discriminatorio, es decir, no debe privilegiar tráfico alguno.
La posición de la Unión Europea, similar a la de nuestro país, contrasta con la situación que se originó en los Estados Unidos de América después de que su órgano regulador, la FCC, ya durante la administración del Presidente Donald Trump, diera marcha atrás respecto de la regulación que había emitido en materia de neutralidad de la red.
No obstante, este debate no ha finalizado: apenas hace unas semanas, la cámara baja estadounidense aprobó, por contundente mayoría, la iniciativa de ley conocida como Salvemos al Internet que persigue restaurar los principios de neutralidad de la red en aquel país.
Fuente: El Heraldo