Y ojo, porque puedes estar entre los contribuyentes que por ingresos no tuvieras que presentar la Declaración de la Renta 2017, pero al ganar dinero con bitcoins ahora sí estás obligado.
O puede que seas de aquéllos que les salía a devolver y ahora es lo contrario. Incluso que tengas que vender los bitcoins que tengas en cartera para abonar el pago a Hacienda.
Hablamos en este vídeo con David Maeztu, abogado de 451Legal, bufete que ha creado un bot en Telegram, @legalcriptobot, que puede ayudarte en comprender tus obligaciones fiscales en caso de que compraras o vendieras criptomonedas.
Este experto legal nos recuerda que toda ganancia patrimonial en criptomonedas tributa como la compraventa de una casa, un coche o un cuadro, por ejemplo.
Así, tributa por 19% los primeros 6.000 euros de plusvalía y el resto a una tasa del 23% para los primeros 50.000 euros de ganancia patrimonial.
“Además, en la venta de bitcoins no hay retenciones, con lo que tienes que tener ese dinero para ingresarlo en la Declaración de la Renta”, explica Maeztu.
No en vano, puede darse el caso de contribuyentes que ganaron mucho dinero vendiendo sus criptomonedas cuando el bitcoins se disparó en su cotización y reinvirtieron en él tras el batacazo; y, ahora, tengan que vender con pérdidas superiores al 70% para afrontar el pago de la Renta del 23% de aquellas plusvalías.