Que Google escucha las conversaciones que tenemos con nuestros asistentes virtuales? Vaya novedad. Cuéntame algo que no sepa”, parecieron decir al unísono cientos de miles de personas en todo el mundo cuando saltó la noticia: hace unas semanas, la compañía de Mountain View (California, EE UU) reconoció que operarios humanos escuchan el 0,2% del sonido que recoge su dispositivo Google Home para mejorar la calidad de su servicio.
Lo realmente sorprendente de este asunto, valga la redundancia, es que muy poca gente se sorprendiera. O, más bien, que ante un anuncio que atenta contra la privacidad de los usuarios de una manera tan flagrante, nadie pidiera más explicaciones y se asumiera con normalidad que esta práctica es habitual en mayor o menor medida dentro de la industria tecnológica.
Apple admitió recientemente que tiene subcontratada una empresa que se dedica a escuchar las grabaciones privadas de Siri con la finalidad de mejorar su rendimiento y Amazon ya se había sumado al club después de que Bloomberg publicase que la compañía contaba con un departamento que realizaba una función similar al que denominaba Alexa Data Services.
La sociedad es cada vez más consciente de los peligros que entrañan las nuevas tecnologías en lo relativo a nuestra privacidad y la respuesta ante este reto va tomando forma con legislaciones como el aclamado Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) en Europa, que entró en vigor hace apenas un año y que para muchos expertos puede ser un palo en las ruedas de las empresas que hacen un mal uso de nuestros datos.
En este contexto, las escuchas de nuestras conversaciones por parte de estos tres gigantes pueden entenderse como un atentado contra nuestra privacidad. Aunque ninguna de estas empresas ha negado la evidencia, lo cierto es que tampoco explican en sus términos y condiciones que cuentan con un equipo de profesionales dedicado a escuchar nuestras conversaciones privadas. ¿Son susceptibles de recibir algún tipo de sanción o van a salir impunes?
Empecemos por la primera pregunta que debemos responder: ¿Han cometido estas empresas alguna irregularidad? “El RGPD entiende por violación de la seguridad de los datos personales toda actividad que ocasione la destrucción, pérdida o alteración accidental o ilícita de la información transmitida, conservada o tratada de otra forma, o la comunicación o acceso no autorizados a la misma”, indica Isidro Gómez-Juárez Sidera, experto en protección de datos.
“Si estos aparatos nos escuchan para mejorar su servicio, deben informarnos y ser transparentes, es decir, en sus instrucciones debe recogerse el principio de transparencia y el derecho de información a los usuarios, recogidos en los artículos 13 y 14 del RGPD”, señala Ignacio Suárez, abogado especializado en protección de datos.
Si estos aparatos nos escuchan para mejorar su servicio, deben informarnos y ser transparentes
Ignacio Suárez, abogado especializado en protección de datos
“Las empresas pueden tratar datos cuando cuentan con un título que les habilite para ello, una base jurídica, un consentimiento que les permita tratar los datos lícitamente”, expone José Luis Piñar, coordinador del Memento Protección de Datos de Lefebvre y exdirector de la Agencia Española de Protección de Datos. Sin este consentimiento, que el usuario no ha podido dar al desconocer que se llevaban a cabo las escuchas de sus conversaciones por parte de operarios humanos, la conducta de los gigantes tecnológicos podría entenderse como sancionable.
En caso de que se decidiera sancionar a estas empresas, una de las actitudes que podría salvarlas sería su voluntad de enmienda. “El RGPD y el legislador comunitario valoran mucho la responsabilidad proactiva: que se tomen medidas para que no vuelva a ocurrir”, explica Piñar. No obstante, ninguna de las tres compañías ha expresado su intención de dejar de escuchar las conversaciones de sus usuarios ni ha modificado sus términos y condiciones para aclarar este punto.
En opinión de Sánchez, adoptar criterios de transparencia sobre los modelos y algoritmos que emplean los asistentes virtuales no es suficiente para garantizar la privacidad de nuestras conversaciones, pero resulta bastante complicado definir qué implicaciones puede tener el hecho de que sean escuchadas. “Es complejo saber si este comportamiento es sancionable, ya que se desconoce hasta qué punto son comprensibles estos datos en cada caso de escucha, por lo que tendría que ser un asunto de investigación por parte de las Agencias de Protección de Datos en Europa”, asevera.
Fuente:
Javier Cortés, J. C. (2019, 2 agosto). El espionaje de los asistentes virtuales podría quedar impune. Recuperado 2 agosto, 2019, de https://retina.elpais.com/retina/2019/08/01/tendencias/1564646860_938931.html